El preaviso en la relación laboral
- Elton Martins
- 08:10
Muchas dudas e incertidumbres rondan a empleadores y empleados en materia de preaviso, sobre todo desde la vigencia de la Ley 12.506/11, que trató del preaviso proporcional. Para aclararlo, en este artículo exponemos algunas situaciones que muestran, para cada modalidad de terminación del contrato de trabajo, las obligaciones relativas al preaviso.
En primer lugar, el preaviso es el período que el empleado debe trabajar cuando renuncia. También es un derecho del empleado cuando la terminación del contrato de trabajo se da por decisión del empleador. Este período corresponde generalmente a 30 días.
| Modalidad de terminación | Preaviso | Observaciones |
|---|---|---|
| La empresa despide sin justa causa | Trabajado o indemnizado, a elección de la empresa | Si es trabajado, el empleado elige entre 2 horas menos por día o los últimos 7 días libres |
| La empresa despide con justa causa | No hay | El empleado también pierde el retiro del FGTS y el seguro de desempleo |
| El empleado renuncia | Trabaja 30 días o se le descuenta el valor | Sin reducción de jornada ni los 7 días libres |
Despido sin justa causa por la empresa
En este caso, la empresa puede determinar que el empleado cumpla el preaviso trabajando, lo que se conoce como preaviso trabajado, durante 30 días más. El empleado tiene derecho a elegir entre trabajar con una reducción de dos horas en la jornada diaria o dejar de trabajar los últimos siete días del preaviso. El empleado que no cumpla ese período sin justificación puede sufrir el descuento de los días faltantes de su salario y puede ser despedido con justa causa si, durante el preaviso, comete una falta grave prevista en el art. 482 de la CLT (la legislación laboral brasileña).
La empresa también puede optar por el preaviso indemnizado: el empleado recibe una indemnización correspondiente a los 30 días, porque la empresa decidió apartarlo en el mismo momento en que le comunicó la terminación del contrato.
Despido con justa causa
El empleado despedido con justa causa no puede seguir trabajando y no tiene derecho al pago del preaviso. Hay además otras restricciones, como la pérdida del derecho a retirar el saldo del FGTS (el fondo de garantía depositado en cuenta vinculada) y del seguro de desempleo, entre otros derechos que el empleado deja de tener con la terminación por justa causa.

Renuncia del empleado
Cuando el empleado renuncia, tiene dos opciones: cumplir el preaviso trabajando o no cumplirlo. En la primera, está obligado a seguir trabajando 30 días más, contados desde la notificación de la renuncia, sin la opción de reducir la jornada en dos horas ni de tomar los últimos siete días libres.
Si opta por no cumplir el preaviso trabajando, la empresa tiene derecho a descontar del saldo de la liquidación el valor correspondiente a los 30 días, conocido como preaviso indemnizado por el trabajador. Si el saldo no alcanza para cubrir los 30 días, el empleador no puede exigirle al empleado que pague la diferencia.
Preaviso proporcional
En todos los casos en que la empresa despide al empleado, desde octubre de 2011, con la vigencia de la Ley 12.506/11, los trabajadores despedidos tienen derecho al preaviso proporcional: además de los 30 días, 3 días adicionales por cada año completo trabajado en la misma empresa, con un límite de 90 días.
Ejemplo: un empleado trabajó 3 años para el mismo empleador. Además del preaviso de 30 días, que puede ser indemnizado o trabajado, el empleador le paga 9 días más como preaviso indemnizado, en total 39 días. Sin embargo, solo puede exigirse al empleado que trabaje 30 días de preaviso, con las debidas reducciones de jornada o los siete días libres.

